miércoles, 18 de marzo de 2026

IDECOOP suspende asambleas de COOPACRENE tras acción judicial que denuncia violaciones legales y riesgo de exclusión de socios





SANTO DOMINGO: El Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP) ordenó la suspensión de las asambleas distritales y de la asamblea general ordinaria de la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples (COOPACRENE), previstas para el 20 de marzo de 2026, en medio de un proceso judicial que advierte sobre graves irregularidades y riesgo de vulneración de derechos de los socios.

La decisión se produce tras la interposición de una acción de amparo de cumplimiento y una solicitud de medida cautelar anticipada por omisión administrativa ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA), presentada por los señores José Santos Manzueta y Alberto Florián Morillo, miembros del Consejo de Administración.

En la instancia judicial, los accionantes fundamentan su solicitud en disposiciones constitucionales (arts. 68, 69, 138 y 139), así como en las leyes 13-07, 137-11 y 127-64, señalando que el IDECOOP incurrió en silencio administrativo al no responder una solicitud previa de intervención para garantizar la legalidad del proceso asambleario.

Según el recurso, esta omisión permitió el avance de un proceso presuntamente viciado que compromete la legalidad institucional, la validez del quórum y el derecho de participación de los socios. Asimismo, se establecen los presupuestos de la medida cautelar, destacando el fumus boni iuris y el periculum in mora, debido a la inminencia de las asambleas.

En ese contexto, también se cuestiona una actuación del presidente del Consejo de Administración, Lic. Simeón Alcides Cuevas Reyes, quien instruyó la elaboración de un listado de socios limitado al período 2021–2026 para definir la participación en las asambleas distritales.

De acuerdo con lo expuesto, este criterio podría permitir la participación de personas que no cumplen con la condición de socios plenos, al tiempo que excluiría a socios con mayor antigüedad, incluidos socios fundadores, afectando su derecho a voz y voto.

La instancia judicial también señala posibles violaciones a los Estatutos de la cooperativa, incluyendo el artículo 93 relativo al plazo mínimo de convocatoria y el artículo 2 sobre la condición de socio pleno.

En su petitorio, los accionantes solicitaron al tribunal, entre otras medidas, ordenar la suspensión provisional de las asambleas, disponer la intervención inmediata del IDECOOP en su rol de supervisión y garantizar el respeto al plazo estatutario, la participación exclusiva de socios plenos y la legalidad del proceso asambleario.

Ante este escenario, el IDECOOP, mediante comunicación oficial No. PA-0232-E, decidió suspender las asambleas hasta tanto el Tribunal Superior Administrativo se pronuncie sobre el fondo del proceso.

La medida busca preservar el debido proceso, evitar daños irreparables y salvaguardar los derechos de los socios, así como la institucionalidad del sistema cooperativo dominicano.

El documento oficial está firmado por la licenciada Maritza López de Ortiz, Presidenta Administradora del IDECOOP.

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